El Ministerio de Fomento ha elaborado un proyecto de Real Decreto para ajustarnos a la Directiva europea del Parlamento Europeo y del Consejo… Fuente: Transporte3
En 2008 entro en vigor el Real Decreto 1032/2007 que introdujo en España la normativa europea por la que se exigía que para conducir un camión o autobús además del carné correspondiente era necesario obtener el llamado CAP o Certificado de Aptitud Profesional.
Ahora el Ministerio de Fomento ha elaborado un proyecto de Real Decreto para ajustarnos a la Directiva europea del Parlamento Europeo y del Consejo tras los últimos cambios que han surgido en la Directiva 2003/59 creando la 2018/645. Se tiene previsto que esta medida una vez se sometido a consulta entre en vigor a mediados de este año.
Cambios que podremos ver con el nuevo proyecto de Real Decreto
- Se exigirá tanto en el CAP inicial como en el CAP de renovación que la formación sea tanto teórica como práctica, ya sea en vehículo o en un simulador de conducción.
- Se eximirá de la obligación de poseer la titulación CAP a los conductores profesionales que conduzcan vehículos con autorización de transporte privado complementario
- El curso CAP de renovación se compondrá de un módulo común de 21 horas de formación más otros módulos optativos en materias diversas (tacógrafo, carga y estiba, mercancías peligrosas, sensibilización y educación vial) hasta completar las 35 horas de formación.
- Los alumnos que acrediten haber hecho en los últimos 12 meses un curso de formación sectorial (ADR, transporte de animales y otros) tendrán derecho a una convalidación parcial del curso CAP de renovación.
- Asimismo a los alumnos que hayan realizado el certificado de profesionalidad como conductor de camión o autobús se les eximirá de realizar la formación en el CAP inicial, si bien deberán realizar el examen oficial para obtener el certificado CAP.
- Se contempla la posibilidad de que una parte de las materias formativas que comprenden el CAP inicial se impartan en modalidad de teleformación, aproximadamente un 15% del total de horas lectivas. Asimismo se prevé que los Centros puedan impartir la formación en Aulas Móviles.
- Los Centros de Formación que impartan cursos CAP deberán instalar un sistema de control biométrico para verificar la asistencia real de los alumnos al curso.
Fuente original: https://www.transporte3.com/noticia/14800?b=1